Con el propósito de castigar la violencia en contra de la mujer que implique el uso de cualquier tipo de agente o sustancia química, corrosiva, tóxica e inflamable que provoca lesiones, daño físico irreversible o discapacidad, el Congreso de Guerrero aprobó reformas a la Ley de Acceso de la Mujeres a una Vida Libre de Violencia y al Código Penal del Estado para incorporar en los mismos el concepto de “violencia ácida”, la cual se castigará con penas que van de los 12 a los 30 años de prisión.
De acuerdo con el dictamen de las Comisiones Unidas de Para la Igualdad de Género y de Justicia, se hace el reconocimiento y regulación de la “violencia ácida” deriva del caso de María Elena Ríos, saxofonista mexicana que fue atacada con ácido en 2019 por tres hombres, bajo las órdenes de su expareja sentimental, lo que le causó graves quemaduras en el 80 por ciento de su cuerpo.
Por iniciativa de la diputada, Gloria Calixto Jiménez, el dictamen destaca que la violencia contra las mujeres en cualquiera de sus expresiones y edades siempre será una “aberración”, y una práctica que debe repudiarse porque se basa en la brutalidad de una prejuiciosa subcultura machista y patrimonialista.
El dictamen precisa que se considerarán lesiones por condición de género aquellas ocasionadas o provocadas mediante el uso de ácidos o sustancias corrosivas, o cualquier otra nociva para la salud.
En su exposición, la legisladora Calixto Jiménez enfatizó que “la tipificación facilita el acceso de las víctimas a la justicia al establecer claros marcos legales que permiten su sanción, enviando un mensaje claro: cero tolerancia, cero impunidad, total dignidad”.
Esta reforma establece que cuando la lesión por ataque con ácido o similares sea cometida contra una persona por su orientación sexual o identidad de género, se aumentará en una tercera parte más de la sanción correspondiente al delito de lesiones calificadas.